Regl. 9205, art. VIII-8.7

Método de Propuestas No Competitivas y Compras de Emergencia

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Cite as Reglamento Núm. 9205, Art. VIII-8.7

General: La adquisición mediante Propuestas No Competitivas es la adquisición a través de la solicitud de una propuesta de una sola fuente y puede usarse solo cuando se aplique una o más de las siguientes circunstancias: Manual de Adquisiciones para el Programa CDBG-DR Página 26 / 35 a. El artículo está disponible únicamente de una sola fuente, basado en una revisión de buena fe de las fuentes disponibles. b. La urgencia O emergencia pública para el requisito no permitirá un retraso como resultado de una convocatoria competitiva. C. HUD expresamente autoriza el USO de propuestas no competitivas en respuesta a una solicitud escrita de Vivienda; O d. Tras la convocatoria de varias fuentes, se determina que la competencia es inadecuada. Competencia adecuada quiere decir dos o más ofertantes responsables, compitiendo de manera independientemente, someten ofertas de precios que satisfacen los requisitos del proceso de convocatoria. La entidad contratante mantendrá récords confirmado la falta de competencia. Justificación: Cada adquisición basada en Propuestas No Competitivas deberá ser respaldada por una justificación por escrita. La justificación deberá ser aprobada por escrito por el Oficial de Contratación. La mala planificación O falta de planificación no es justificación para adquisiciones de emergencia o de una sola fuente. La justificación, a ser incluida en el expediente de adquisición, debe incluir la siguiente información: 1. Descripción del requisito; 2. Historial de compras previas y su naturaleza (Competitivo VS. No competitivos), de ser aplicable; 3. La excepción específica de cualquiera de las cuatro (4) indicadas en esta Sección, que aplica; 4. Declaración en cuanto a las circunstancias que requieren la adjudicación mediante Propuestas No competitivas; 5. Descripción de los esfuerzos realizados para encontrar fuentes competitivas (anuncios en revistas profesionales o publicaciones locales, llamadas telefónicas a suplidores locales, emisión de convocatoria escrita, etc.); 6. Determinación de razonabilidad de costos; y 7. Firma del Área de Usuario.
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