Regl. 9205, art. VIII-8.9

Acuerdos Compras Cooperativas/ Gubernamentales o Interagenciales

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Cite as Reglamento Núm. 9205, Art. VIII-8.9

General: Acuerdos entre la entidad contratante y otras entidades gubernamentales para comprar o usar suministros, equipo o servicios comunes. La decisión de utilizar un acuerdo Manual de Adquisiciones para el Programa CDBG-DR Página 28 / 35 interagencial en vez de conducir un proceso de adquisición se basará en la economía y eficiencia. a. Vivienda puede participar en, promover o llevar a cabo un Acuerdo de Compra Cooperativa/Intergubernamentales O Interagenciales para la adquisición de cualesquiera suministros, servicios O construcción con una O más agencias gubernamentales O entidades. b. Todos los Acuerdos de Compra Cooperativa/Intergubernamentales serán a través de contratos U órdenes de compra adjudicadas mediante plena y libre competencia y consistente con los estándares de este Manual. C. De ser usados, los Acuerdos de Compra Cooperativa/Intergubernamentales O Interagenciales establecerán quien está autorizado a comprar de parte de las entidades participantes y especificará la aceptación, terminación, pago y otros términos y condiciones relevantes. d. La entidad contratante podrá utilizar propiedad estatal o federal que hay en exceso en vez de comprar equipo y propiedad nueva, de ser viable y si resultara en una reducción de los costos del proyecto.
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