Regl. 9205, art. VIII-8.9
Acuerdos Compras Cooperativas/ Gubernamentales o Interagenciales
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Cite as Reglamento Núm. 9205, Art. VIII-8.9
General: Acuerdos entre la entidad contratante y otras entidades gubernamentales para
comprar o usar suministros, equipo o servicios comunes. La decisión de utilizar un acuerdo
Manual de Adquisiciones
para el Programa CDBG-DR
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interagencial en vez de conducir un proceso de adquisición se basará en la economÃa y
eficiencia.
a. Vivienda puede participar en, promover o llevar a cabo un Acuerdo de Compra
Cooperativa/Intergubernamentales O Interagenciales para la adquisición de
cualesquiera suministros, servicios O construcción con una O más agencias
gubernamentales O entidades.
b. Todos los Acuerdos de Compra Cooperativa/Intergubernamentales serán a través de
contratos U órdenes de compra adjudicadas mediante plena y libre competencia y
consistente con los estándares de este Manual.
C. De ser usados, los Acuerdos de Compra Cooperativa/Intergubernamentales O
Interagenciales establecerán quien está autorizado a comprar de parte de las
entidades participantes y especificará la aceptación, terminación, pago y otros
términos y condiciones relevantes.
d. La entidad contratante podrá utilizar propiedad estatal o federal que hay en exceso
en vez de comprar equipo y propiedad nueva, de ser viable y si resultara en una
reducción de los costos del proyecto.