Regl. 3868, art. 5-5.5 dup2
Esquema Ocupacional
Cite as Reglamento Núm. 3868, Art. 5-5.5 dup2
E1 Director, una vez agrupados los puestos, determinadas las clases
que constituirán el plan de clasificación y designadas con su tÃtulo
oficial, preparará un esquema ocupacional 0 profesional de las clases de
puestos que se establezcan, incluyéndolas dentro de los correspondientes
grupos ocupacionales o profesionales que se identifiquen. Este esquema
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reflejará la relación entre una y otra clase y entre las diferentes
series de clases que éstas constituyan dentro de un mismo grupo, y
entre los diferentes grupos y áreas de trabajo representadas en el
plan de clasificación. Este esquema formará parte del plan de
clasificación.
E1 Director preparará y mantendrá al dÃa, para su distribución
entre las agencias de la Administración Central, una relación de
dicho esquema ocupacional o profesional, y una lista 0 indice alfabético
de las clases de puestos comprendidas en el plan de clasificación.
Cada clase de puesto se identificará numéricamente en los documentos
antes indicados mediante una codificación basada en el esquema ocupacional
0 profesional que se adopte. Esta numeración se utilizará como un medio
de identificación de las clases en otros documentos oficiales que se
preparen.