Regl. 9217, art. 61-9
Prueba de Campo Estandarizada de Sobriedad
Length: 196 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9217, Art. 61-9
1. La SFST será administrada por agentes del orden público o funcionarios autorizados por Ley
adiestrados por el Institute of Police Technology Management por sus siglas (IPTM), conforme
al regulación de la National Highway Traffic Safety Admnistration (NHTSA) y certificados
por la Superintendencia Auxiliar en Educación y Adiestramiento (SAEA) y/o entidad
debidamente certificada por la "National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA)",
para estos fines.
2. Si el resultado de la SFST concluyera que el conductor está inhabilitado para conducir, el
MNPPR procederá a arrestar a la persona. En el caso de los MNPPR cumplirán con los
procedimientos establecidos en la Orden General Capítulo 600, Sección 615, titulada:
"Arrestos y Citaciones".
3. El agente del orden público o funcionario autorizado por Ley someterá al conductor a una
prueba preliminar de aliento, si dicha prueba de aliento resultare negativo a alcohol, y aún así
el agente tiene motivos fundados para sostener que el conductor se encuentra inhabilitado para
conducir, el agente del orden público o funcionario autorizado por Ley llevará al conductor
inhabilitado a una institución hospitalaria para realizar el análisis de sangre, según disponga la
reglamentación vigente del Departamento de Salud y el Instituto de Ciencias Forenses.