Regl. 9219, art. 12
APROBACIÓN PROVISIONAL / TÉRMINO DE USO
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Cite as Reglamento Núm. 9219, Art. 12
A las pesas y/o medidas con aprobación provisional podrá dársele un uso comercial
por un periodo máximo de treinta (30) dÃas, contados desde el momento en que comenzó
su uso. Los dueños u operadores de este tipo de instrumentos vendrán obligados a notificar
por escrito al Director, en un perÃodo no mayor de quince (15) dÃas desde que inició su uso,
la fecha de la venta, alquiler o traspaso mediante la cual adquirió el aparato, una descripción
de dicho aparato y la dirección donde está instalado.