Regl. 9219, art. 51 dup2
ALCANCE Y PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 9219, Art. 51 dup2
Este capítulo tiene por fin regular la venta y distribución de combustibles en Puerto
Rico, con el fin de evitar fraudes o prácticas que puedan ir en detrimento de los derechos
del consumidor. Sus disposiciones aplicarán a todo distribuidor-mayorista, distribuidor
independiente, detallista de combustibles y/o sus representantes o empleados, según
corresponda.