Regl. 9221, art. 2

BASE LEGAL

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Cite as Reglamento Núm. 9221, Art. 2

Estas reglas son adoptadas en virtud de las disposiciones contenidas en el Plan de Reorganización Núm. 2-2011, según enmendado, del Departamento de Corrección y Rehabilitación, tanto en su Artículo 5, Inciso c el cual faculta para -2- "estructurar la política pública correccional de acuerdo con este Plan y establecer directrices programáticas y normas para el régimen institucional"; como en su Artículo 7 el cual permite "adoptar, establecer, desarrollar, enmendar, derogar e implementar reglas, reglamentos, órdenes, manuales, normas y procedimientos para el funcionamiento efectivo del Departamento y de los organismos bajo su jurisdicción, a los fines de regir la seguridad, la disciplina interna y la conducta de funcionarios, empleados y de la clientela, así como los programas y servicios". Además, es de aplicabilidad las disposiciones de la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico".
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