Regl. 3874, art. 11.4

LICENCIA

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Cite as Reglamento Núm. 3874, Art. 11.4

Los empleados conforme se establece a continuacion: 1) Licencia de Vacaciones 2) Licencia por Enfermedad 3) Licencia para Fines Judiciales 4) Licencia de Maternidad 5) Licencia pare Estudios 0 Adiestramientos 6) Licencias Especiales con Paga Los empleados a) Licencia con b) Licencia con c) Licencia para tomar d) Licencia por e) Licencia con paga f) Licencia con paga a atletas sobre sillas de ruedas, técnicos y dirigentes deportivos dedicados a los atletas sobre sillas de ruedas, a base de tiempo libre suficiente durante el horario regular de sus labores, sin descuento de sus haberes, para cumplir con sus exigencias de adiestramiento y competencias sin menoscabo de los servicios normales de dichas agencias. Cada agencia deberá requerir a la Asociacion de Deportes sobre Sillas de Ruedas de Puerto Rico evidencia oficial de la representación que ostenta el empleado o de la necesidad 0 conveniencia de esta licencia, asf como del máximo de tiempo necesario para que el empleado aproveche adecuadamente las facilidades y servicios de dicha Asociación. La autoridad nominadora o su representante autorizado velard porque al concederse este tipo de licencia al functomario 0 empleado que la solicite, no se afacte el servicio en su agencia. 7) Licencia sin Paga 8) Licencia Militar
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