Regl. 3874, art. 11.4
LICENCIA
Cite as Reglamento Núm. 3874, Art. 11.4
Los empleados
conforme se establece a continuacion:
1) Licencia de Vacaciones
2) Licencia por Enfermedad
3) Licencia para Fines Judiciales
4) Licencia de Maternidad
5) Licencia pare Estudios 0 Adiestramientos
6) Licencias Especiales con Paga
Los empleados
a) Licencia con
b) Licencia con
c) Licencia para tomar
d) Licencia por
e) Licencia con paga
f) Licencia con paga a atletas sobre sillas de ruedas,
técnicos y dirigentes deportivos dedicados a los
atletas sobre sillas de ruedas, a base de tiempo
libre suficiente durante el horario regular de sus
labores, sin descuento de sus haberes, para cumplir
con sus exigencias de adiestramiento y competencias
sin menoscabo de los servicios normales de dichas
agencias. Cada agencia deberá requerir a la Asociacion de Deportes sobre Sillas de Ruedas de Puerto
Rico evidencia oficial de la representación que
ostenta el empleado o de la necesidad 0 conveniencia
de esta licencia, asf como del máximo de tiempo
necesario para que el empleado aproveche adecuadamente las facilidades y servicios de dicha Asociación.
La autoridad nominadora o su representante autorizado velard porque al concederse este tipo de
licencia al functomario 0 empleado que la solicite,
no se afacte el servicio en su agencia.
7) Licencia sin Paga
8) Licencia Militar