Regl. 9222, art. 1400Z-6070.56(i)(1)-3

Expansión Significativa.

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Cite as Reglamento Núm. 9222, Art. 1400Z-6070.56(i)(1)-3

(a) Regla general. Para propósitos del Código y este Reglamento el término "Expansión Significativa" bajo el apartado (b) del Artículo 6070.56(i)(1)-2 de este Reglamento, es aquella expansión que cumple con los requisitos dispuestos en la Sección 1400Z-2(d)(2)(D)(ii) del Código de Rentas Internas Federal, y el reglamento federal para las Zonas de Oportunidad publicado a estos efectos, y que, además, no cumple con el requisito de uso original. (b) Uso original. Se considera que propiedad tangible cumple con el requisito de uso original cuando cumple con los requisitos establecidos en la Sección 1.1400Z2(d)-2(b) del reglamento federal para las Zonas de Oportunidad publicado a esos efectos, y cualquier otra disposición federal.
Regl. 9222, art. 1400Z-6070.56(i)(1)-3: Expansión Significativa. | Justis AI