Regl. 9222, art. 1400Z-6070.66(d)-2
Cargo 0 Derechos por Transacción y Servicio.
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Cite as Reglamento Núm. 9222, Art. 1400Z-6070.66(d)-2
(a) La Oficina de Incentivos recibirá solicitudes de Decretos y de Créditos Contributivos referente a la
concesión de incentivos bajo las disposiciones de Zonas de Oportunidad de Desarrollo Económico
del Código y este Reglamento. Cada solicitud conllevará un cargo 0 derecho por concepto de
transacción y un cargo por concepto de servicio.
(b) La Oficina de Incentivos cobrará los siguientes cargos por cada solicitud de Decreto y de Crédito
Contributivo presentada:
Tipo de Solicitud
Cargo por Transacción
Cargo por Servicio
Solicitud de Decreto
$5.00
$5,000.00
Solicitud de Crédito Contributivo
$5.00
$500.00
(c) El cargo por la solicitud presentada y tramitada a través del Portal se pagará electrónicamente,
mediante tarjeta de crédito o transferencia a través de un Automated Clearing House O ACH por sus
siglas en inglés. El pago por cargo de transacción o servicio, según aplique, no será reembolsable.
La Oficina de Incentivos no aceptará métodos alternos de pagos a los aquà establecidos, a menos
que se disponga expresamente lo contrario mediante reglamentación, determinación administrativa,
carta circular, boletÃn informativo o cualquier otro comunicado oficial de carácter general.
(d) La Oficina de Incentivos sólo aceptará la presentación de una solicitud que cuente con el
correspondiente pago de cargo de transacción o servicio, según aplique, y la información y
documentos requeridos. De incumplirse con ello, la solicitud no se considerará presentada.
(e) Los derechos a cobrarse por la presentación solicitudes deberán ser revisado cada tres (3) años.