Regl. 3882, art. 3
- El funcionario que realice la radicación de
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Cite as Reglamento Núm. 3882, Art. 3
la solicitud complementará la hoja de cotejo correspondiente y,
de encontrar que la solicitud está completa y tiene anexado
todos los documentos complementarios necesarios, expedirá copia
de la hoja de cotejo firmada y sellada al solicitante y
adjuntará el original al expediente para iniciar los trámites
correspondientes. En caso que la solicitud no esté completa, o
que no se haya adjuntado uno o más de los documentos
complementarios necesarios, el funcionario que reciba la
solicitud, la devolverá al solicitante con todos los documentos
con los que se acompañó y con copia de la hoja de cotejo que le
indicará la información O documentos que faltan a la solicitud
para poder ser tramitada.