Regl. 9238, art. 12.07
Advertencia
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Cite as Reglamento Núm. 9238, Art. 12.07
Se advertirá por escrito al solicitante que la emisión de una variación para construir una estructura
con un nivel de piso más bajo que el nivel de la inundación base podrÃa resultar en primas más
altas del seguro de inundación. Además, se advertirá que tal construcción podrÃa aumentar el
peligro a la vida y la propiedad. Copia de esta advertencia deberá mantenerse archivada en el
expediente de la variación emitida. No se expedirán variaciones para estructuras residenciales
con elevaciones de piso más bajo que el nivel de inundación base.