Regl. 9238, art. 13.02 dup2

Inspecciones

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Cite as Reglamento Núm. 9238, Art. 13.02 dup2

En las Áreas Especiales de Peligro a Inundación, al colocar el piso más bajo, incluyendo el sótano, y antes de una construcción vertical adicional, se presentará al Administrador de Valles Inundables la certificación de elevación requerida en la Sección 1612.4 del Código de Construcción de Puerto Rico. 47 TÓPICO 4 PROCEDIMIENTOS FISCALIZADORES
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