Regl. 9238, art. 3.04
Procedimiento de Revisión de la Adopción
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Cite as Reglamento NĆŗm. 9238, Art. 3.04
Para impugnar la validez de la Adopción de Ćreas Especiales de Peligro a Inundación mediante la
adopción de los Mapas sobre Tasas del Seguro de Inundación y sus enmiendas que forman parte
de este Reglamento, se deben presentar conforme la Sección 2.7 de la Ley 38-2017, según
enmendada, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, ante el Tribunal de
Circuito de Apelaciones, dentro de los próximos treinta (30) dĆas a partir de la aprobación de este
Reglamento o sus Mapas.
La acción que se inicie para impugnar su validez no paraliza la vigencia.