Regl. 9238, art. 5.02

Tipos de Zonas

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Cite as Reglamento Núm. 9238, Art. 5.02

A los efectos de aplicación de este Reglamento y en conformidad con las designaciones de Áreas Especiales de Peligro a Inundación de FEMA, se establecen los siguientes tipos de zona: a. CAUCE MAYOR (FLOODWAY) Incluye los terrenos regulados y adyacentes al cuerpo de agua que se reservan para descargar la inundación base sin aumentar acumulativamente la elevación superficial de las aguas del valle inundable. 26 Estos terrenos se identifican en los Mapas sobre Tasas del Seguro de Inundación y se designan como el Floodway y Zona AE. b. ZONA VE DE ALTO PELIGRO COSTERO Área costera de alto peligro a inundación y para la cual se indican las elevaciones de la inundación base (BFE, por sus siglas en inglés). Estos terrenos se designan como Zona VE en los Mapas sobre Tasas del Seguro de Inundación. C. ZONA A Área especial de peligro a inundación con periodo de recurrencia de cien (100) años; determinada por métodos aproximados y para la cual no se ha determinado la elevación de la inundación base. A esta zona aplican los requisitos obligatorios para la adquisición de seguros de inundación. d. ZONA AE Determinada por métodos específicos y para la cual se indican las elevaciones de la inundación base. e. ZONA AH Áreas sujetas a inundación por una inundación de poca profundidad con uno por ciento (1%) de probabilidad anual (por lo general aguas de estancamiento) donde las profundidades promedio fluctúan entre los 0.30 metros (1 pie) y 0.91 metros (3 pies). f. ZONA AO Define la profundidad de la inundación base que fluctúa entre 0.30 metros (1 pie) y 0.91 metros (3 pies) (por lo general flujo laminar en terreno inclinado). g. ZONA SOMBREADA X Son áreas con moderado peligro de inundación dentro del valle inundable con probabilidad anual de 0.2%; o áreas con probabilidad de uno por ciento (1%) anual donde el área de drenaje es menos de una (1) milla cuadrada, o áreas protegidas contra este nivel de inundación por un dique. h. ZONA X NO-SOMBREADA Son áreas de bajo peligro de inundaciones, fuera de valles inundables con probabilidad anual del uno por ciento (1%) y del 0.2% de probabilidad anual de inundación. i. ZONA D Son aquellas áreas donde el peligro de inundaciones no se ha determinado, pero con posibilidad de inundaciones. j. ZONA A99 Son áreas especiales de peligrosa inundación donde se ha hecho suficiente progreso construyendo sistemas de protección tales como: diques, represas y malecones. No se muestran elevaciones o profundidades de la inundación, por lo que para efectos de permisos se hará referencia a la zona de inundación anterior, (ver mapa histórico).
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