Regl. 9238, art. 9.02
Requerimiento de Permisos
Length: 72 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9238, Art. 9.02
Se obtendrá un permiso para el desarrollo de obras según definidas en este reglamento antes de
que comience la construcción o el desarrollo dentro de cualquier área especial de peligro a
inundación establecido en las Secciones 6.00 ,7.00 y 8.00. El permiso será para todas las
estructuras, incluyendo las viviendas prefabricadas, y para todo desarrollo, incluyendo el depósito
de relleno y otras actividades, como se establece en la Sección 2, las "Definiciones".