Regl. 3887, art. 27

Derogación

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Cite as Reglamento Núm. 3887, Art. 27

Por la presente se derogan todos los reglamentos, normas y usos procesales de la Administración de -10- Servicios Médicos de Puerto Rico que regulen los procedimientos de adjudicación. En San Juan, Puerto Rico, a 8 de febrero de 1989. Fecha de Aprobación: Fecha de Vigencia : FEB 7 1989 APROBADO: FORMULARIO OFICIAL NUMERO 1 (FORMULARIO DE QUERELLA, CASO RADICADO POR LA AGENCIA) DEPARTAMENTO DE SALUD DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO IN RE: Número: ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO Sobre : (opcional, descripción Querellante del caso) y (Nombre del querellado) QUERELLA 1. (Nombre y dirección del querellado o imputado) 2. (Descripción de los hechos constitutivos de violación que se imputan cometidos por el querellado) 3. A usted, el (la) querellado (a) se le imputa la violación del Artículo de la Ley Número de de 19 y del Artículo del , Reglamento (incluir cita precisa de todas las disposiciones legales cuya violación se imputa) 4. POR TODO LO CUAL, se solicita de ( (título del jefe de la agencia) que imponga a la parte querellada: a) Una multa de hasta $ (incluir el máximo que autoriza la ley de que se trate) b) La realización de las siguientes acciones correctivas: (describir las acciones posibles que podrían ordenarse. Este apartado no es necesariamente aplicable a todos los casos) FORMULARIO OFICIAL NUMERO 1 (cont.) 5. SE LE NOTIFICA al (a la) querellado (a) que puede aceptar pagar la multa que se indica en este apartado, y tomar las medidas correctivas que se indican: I. Multa a pagar $ (incluir la multa propuesta) II. Acciones a tomar: (describir las acciones que la agencia entiende son suficientes para corregir la situación creada por las violaciones imputadas. Este apartado no es necesariamente aplicable a todos los casos) SE LE ADVIERTE que de usted no pagar la multa propuesta en el Apartado I precedente (y tomar las acciones descritas en el Apartado II, de ser éste aplicable) se continuará con la presente querella. (OPCIONAL para esta etapa) : SE LE CITA a usted a comparecer a la vista en su fondo (o a una conferencia con antelación a la vista, según sea el caso) a tener lugar el día a las (hora de la vista) en (lugar de la vista) SE LE ADVIERTE asimismo que usted podrá estar representado por abogado. DE USTED NO PAGAR LA MULTA PROPUESTA (y tomar las acciones correctivas descritas en el Apartado II precedente, si aplica) y no comparecer a la vista (o conferencia con antelación a vista, según sea el caso), se podrá imponerle las sanciones descritas en el párrafo 3 a) y b), de ser éste aplicable), sin más citarle ni oírle. En San Juan, Puerto Rico, a (fecha) (firma del funcionario querellante) (nombre del funcionario) (título del funcionario) FORMULARIO OFICIAL NUMERO 2 (FORMULARIO DE QUERELLA, CASO RADICADO FUNCIONARIO OTRAS AGENCIAS) DEPARTAMENTO DE SALUD DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO Número: IN RE: (nombre y posición oficial Sobre : (opcional, descripción del funcionario querellante) del caso) y ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO QUERELLA 1. (Nombre y dirección del querellado o imputado) 2. (Nombre, posición oficial, dirección oficial y teléfono del funcionario querellante, y nombre de la agencia donde trabaja) 3. (Descripción de los hechos constitutivos de violación que se imputan cometidos por el querellado) 4. A usted, el (la) querellado (a) se le imputa la violación de la Ley Número de de 19 y/o del Reglamento (si se conoce) (Incluir cita precisa de todas las disposiciones legales cuya violación se imputa) 5. POR TODO LO CUAL se solicita de (título del jefe de la agencia) que imponga a la parte querellada la multa, sanción o acción correctiva que en derecho proceda. En San Juan, Puerto Rico, a (fecha) (firma del funcionario querellante) (nombre del funcionario) título del. funcionario) nombre de la agencia para la que trabaja) FORMULARIO NUMERO 3 (FORMULARIO DE QUERELLA, CASO RADICADO POR PERSONA AJENA A LA AGENCIA) DEPARTAMENTO DE SALUD DEL E.L.A. ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO IN RE: ( NOMBRE DEL QUERELLANTE) Número: ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO SOBRE: (Opcional, descripción QUERELLADA del caso). QUERELLA 1.- (Nombre y dirección del querellante, si el querellante es funcionario de otra agencia, describir nombre de la agencia y la dirección oficial del funcionario). 2.- (Nombre y dirección del querellado O imputado). 3.- (Descripción de los hechos constitutivos de violación que se imputan cometidos por el querellado). (Opcional: descripción de las disposiciones legales aplicables, si se conocen por el querellante. Si el querellante es un funcionario de otra agencia, y radica la querella en su carácter oficial es conveniente que describa las disposiciones legales aplicables, por lo menos cita de la ley principal de que se trate.) POR TODO LO CUAL se solicita del Director Ejecutivo de la Administración que adjudique la presente querella conforme el derecho aplicable y conceda los remedios y/o imponga las sanciones que en derecho procedan. En San Juan, Puerto Rico a (fecha). (firma del querellante Nombre del querellante Dirección y teléfono del querellante FORMULARIO OFICIAL NUMERO 4 (NOTIFICACION DE VISTA) DEPARTAMENTO DE SALUD DEL E.L.A. ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO (epigrafe del caso) NOTIFICACION Por la presente se notifica a las personas que más adelante se relacionan que el dia a las de la , se seclebrará en (lugar físico de la vista) una vista para considerar el asunto que se describe a continuación: ( ) a) Conferencia con antelación a la vista en su fondo. ( ) b) Vista en su fondo del caso de epigrafe. ( ) c) Vista en reconsideración. ( ) d) Otro: Las partes podrán estar asistidas por abogado, si asi lo desean, para que las represente en la vista señalada. Esta vista se realiza al amparo de la sección 3.2 de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988 y de (cita de una de las leyes especiales que administra la agencia, y/o su ley orgánica) -2- En esta vista se considerará la alegación de que la parte querellada ha infringido las disposiciones legales y/o reglamentarias que se enumeran a continuación: (Citas precisas de la ley y/o reglamento aplicable). PERSONAS NOTIFICADAS: (nombre y dirección de todas las partes y/o sus abogados). SE LE APERCIBE a la parte querellada que de no comparecer a la vista señalada podrá dictarse resolución en su contra concediendo los remedios solicitados en la querella sin más citarle ni oirle; y a la parte querellante O solicitante que se podrá desestimar su querella O solicitud sin más citarle ni oirle. SE LE APERCIBE asimismo que la vista no podrá ser suspendida, salvo causa justificada, y que cualquier suspensión O transferencia de vista deberá ser notificada a la Administración de Servicios Medicos de Puerto Rico con por lo menos 5 días laborables con antelación a la fecha de la vista. En San Juan, Puerto Rico, a (fima del funcionario que señala la vista) (Nombre del funcionario) (Titulo del funcionario) FORMULARIO OFICIAL NUMERO 5 DEPARTAMENTO DE SALUD DEL E.L.A. ADMINISTRACION DE SERVICIOS MEDICOS DE PUERTO RICO (Epígrafe del caso) Número del Caso: Sobre: (materia del caso, opcional) RESOLUCION INTERLOCUTORIA A tenor con lo dispuesto en la sección 3.13 (f) de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988 se ORDENA a las partes en este caso ( O a sus abogados, según sea el caso) a someter, dentro del término de quince días contados a partir de (fecha en que se celebró la última sesión de vistas en el caso), sus respectivas propuestas de determinaciones de hechos y conclusiones de derecho. Este (nombre de la agencia) emitirá la decisión en este caso dentro de los 90 días siguientes a la fecha en que se radiquen las referidas propuestas. Si una de las partes no radica su propuesta dentro del término de 15 días antes mencionado, se podrá dictar resolución dispositiva en este caso a base de las propuestas de las partes que sí radiquen sus propuestas y del record administrativo. En San Juan, Puerto Rico a (fecha) (firma del Oficial Examinador) Nombre del Oficial Examinador (NOTA: Esta resolución debe de expedirse el mismo día de la última vista).
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