Regl. 9243, art. IV-4.1
Estándares de conducta del estudiante
Length: 485 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9243, Art. IV-4.1
A. Para salvaguardar el bienestar general de los estudiantes y de todo el sistema
escolar; mantener el orden institucional; evitar distracciones innecesarias o incidentes
violentos; disminuir los problemas académicos y disciplinarios; y para no interferir o
interrumpir el desarrollo normal de enseñanza, se establecen los siguientes deberes
y estándares de conducta:
1. El estudiante deberá asumir una actitud responsable a favor de su
aprovechamiento académico hasta lograr convertirse en un ciudadano
independiente y útil a la sociedad.
Page 11
2. Respetará las leyes, reglamentos, cartas circulares vigentes, normas,
instrucciones y directrices emitidas por el Secretario, Director Escolar y demás
funcionarios del DEPR.
3. Reconocerá y respetará los derechos de los demás miembros de la comunidad
escolar.
4. Asistirá con puntualidad y regularidad a clases, dedicándose al estudio y a otras
labores académicas con el debido sentido de responsabilidad. Además, observará
conducta a tono con el Reglamento General de Estudiantes, tanto en las horas de
clases como en el receso y en otras actividades escolares. En caso de que esté
imposibilitado de asistir puntualmente o con regularidad a clases, debido a
enfermedad u otra causa justificada, deberá notificar su ausencia o tardanza
mediante excusa escrita firmada por el encargado, o por las agencias pertinentes
u otros medios en término no mayor de cinco (5) dÃas posteriores a la ausencia, a
tenor con las normas establecidas en este Reglamento. El Director de la escuela
realizará los procedimientos adecuados para garantizar el cumplimiento de este
ArtÃculo.
5. Cumplirá con las horas de tiempo lectivo establecidas por el DEPR de forma que
culmine cada uno de los cursos del programa docente y cumpla con los requisitos
de graduación y plan de estudios vigente.
6. Conservará, cuidará, protegerá y no le causará daños a la propiedad, al equipo, a
los libros ni al material escolar. El encargado del estudiante responderá por los
daños causados a dicha propiedad, restituirá su costo o lo sustituirá.
7. Observará una conducta de acuerdo con los reglamentos y normas del DEPR,
tanto en la escuela como cuando participe en actividades educativas fuera de los
terrenos escolares. No realizará acto alguno que interrumpa el orden, afecte la
seguridad fÃsica, emocional o altere la normalidad de las tareas escolares, asÃ
como tampoco incurrirá en actos que afecten el buen nombre del DEPR.
8. La vestimenta y apariencia personal del estudiante mantendrá las normas
establecidas por el DEPR para la conservación de la salud, higiene personal y la
seguridad.
9. El estudiante deberá cumplir de manera satisfactoria con las exigencias propias
de los cursos de estudio. Cumplirá con las tareas que se le asignan, en las fechas
pautadas por el maestro, especialmente las asignaciones, proyectos, pruebas,
exámenes o cualquiera otra tarea.
10. Todo estudiante se abstendrá de:
a. Coaccionar a otros estudiantes para que éstos incurran en conducta
prohibida por este Reglamento.
Page 12
b. Violar el derecho de otros estudiantes a disentir de sus puntos de vista.