Regl. 9243, art. VI
USO DE CELULARES Y EQUIPOS ELECTRÓNICOS
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Cite as Reglamento Núm. 9243, Art. VI
A. El uso de teléfonos celulares y otros equipos electrónicos se ha convertido en una parte
integral de la vida cotidiana. Nuestros jóvenes los utilizan constantemente para
llamadas, enviar mensajes, tomar fotografÃas, tomar videos y navegar en internet, entre
otras. Se autorizará el uso de celulares u otros equipos electrónicos en las escuelas
cumpliendo las siguientes reglas, con el fin de salvaguardar la seguridad de nuestros
estudiantes y el personal escolar en general:
1. El uso de teléfonos celulares o equipos electrónicos será permitido dentro de la
sala de clases, bajo la supervisión del maestro, solo como una herramienta de
instrucción o estrategia de enseñanza bajo la supervisión del maestro. Sin
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embargo, el uso de los equipos personales no será impuestos u obligatorios. No
obstante, en el caso de escuelas que cuenten con equipos electrónicos, estos
serán los que se utilizarán.
2. El equipo tendrá que estar apagado dentro del perÃodo lectivo dentro de la sala de
clases.
3. Los celulares o equipos electrónicos no serán permitidos dentro de la sala de
clases para realizar llamadas, conversaciones por mensajes de texto, grabaciones
de voz y video, retratar o acceder a redes sociales.
4. Se podrán utilizar los teléfonos celulares antes del primer timbre de entrada,
durante tiempo de almuerzo y luego del timbre de salida
5. El director y/o maestro solicitará al estudiante:
a. En la primera interrupción que guarde el celular
b. En la segunda interrupción el maestro retendrá el celular hasta que finalice su
perÃodo de clases.
C. De repetirse dicha conducta en otra ocasión se referirá la situación por escrito
al director escolar.
d. En caso de que el director tenga que retener el celular a causa de la
reincidencia del estudiante, se le entregará solamente al padre, madre o
encargado legal. De no tener evidencia de que es el encargado legal debe
revisarse si es la persona que matriculó al menor y firmó compromiso escolar
al inicio del año escolar para constar que es el encargado del menor.
6. Si el maestro requiere el uso del celular durante la clase, se lo indicará a los
estudiantes.
7. No se permitirá, en ninguna circunstancia, el uso de redes sociales en la escuela,
dentro de la sala de clases.
8. Bajo ningún concepto se permitirá tomar fotos, ni grabar videos a ningún otro
estudiante, maestro, personal escolar ni ninguna otra persona sin previo
conocimiento, tanto verbal como escrito, por ejemplo: en situaciones de acoso,
burlas, entre otros. La violación de esta regla conllevará medidas disciplinarias
que van desde la suspensión por tiempo definido a expulsión, dependiendo la
gravedad del asunto.
9. La escuela creará una campaña educativa que promueva el buen uso del celular.
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10. Los teléfonos celulares deberán mantenerse guardados en todo momento durante
los periodos de clases, a excepción del punto 4 y punto 6.
11. El DEPR no se hace responsable de lo que ocurra con los equipos electrónicos
personales en los predios de la escuela.
12. La escuela documentará las intervenciones sobre el uso indebido de celulares
dentro del plantel escolar.