Regl. 9243, art. VIII-8.2

Constitución y funcionamiento

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Cite as Reglamento Núm. 9243, Art. VIII-8.2

A. El Consejo de Estudiantes estará compuesto por tres estudiantes por grado. B. El director de la escuela durante los meses de agosto y septiembre realizará una asamblea de estudiantes por grado. Los estudiantes en pleno, nominarán los candidatos que cumplen con los requisitos para formar parte del consejo de estudiantes. En el caso que los nominados sean más de tres estudiantes por grado, se acudirá a un proceso de votación abierta o cerrada para determinar los tres candidatos con mayor votación que representarán el grado en el consejo de estudiantes. C. Los miembros elegidos ejercerán sus funciones por el término de un (1) año escolar. Éstos podrán ser reelegidos por un término adicional. D. Luego de seleccionar los tres estudiantes por grado, se procederá a componer el cuerpo directivo. En este proceso participarán únicamente los estudiantes que componen el consejo. E. El cuerpo directivo del Consejo de Estudiantes estará compuesto por un presidente, un vicepresidente, un secretario, y de dos a cuatro vocales. F. Un miembro del Consejo de Estudiantes puede ser destituido si incurre en una violación al presente Reglamento, al Reglamento Escolar Interno o si falta a las normas básicas de comportamiento ético. Page 18 G. Una vacante entre los representantes del grado se cubrirá inmediatamente por otro representante que elija su grado mediante asamblea convocada por el director escolar. H. El asesor del Consejo de Estudiantes será un miembro de la facultad de la escuela, seleccionado por el Director de la escuela, y ratificado por el Consejo de Estudiantes. Esta persona debe distinguirse por su liderazgo, compromiso con el sistema y aceptación de los estudiantes.
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