Regl. 9244, art. 10-10.6
- Cláusula derogatoria
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 10-10.6
Se derogan los siguientes reglamentos:
(a) Reglamento del Fondo Integral para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico
(FIDA);
(b) Reglamento de la Junta de Directores de FIDA;
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Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación
Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA
(c) Reglamento Núm. 7537 sobre "Normas y Procedimientos para la Concesión
de Garantías e Inversiones y Auspicios";
(d) Reglamento Núm. 8014 para "Establecer las normas que regirán el Programa
de subvenciones para inversiones en energía renovable FIDA CIG";
(e) Reglamento Núm. 8212 para "Establecer las normas que regirán el Programa
de Subvenciones para Inversiones en Energía Renovable";
(f) Reglamento Núm. 8619 sobre "Normas y procedimientos que regirán la
política de autorización de márgenes para transacciones";
(g) Reglamento Núm. 8649 para "Regir la concesión de licencias y autorizaciones
de uso de marcas de fábrica pertenecientes al Departamento de Agricultura"; y el
RLPA
(h) Reglamento Núm. 8767 sobre "Normas y procedimientos que regirán el
manejo y control de las cuentas por cobrar del Fondo de Innovación para el
Desarrollo Agrícola (FIDA)".