Regl. 9244, art. 1-1.3
- Política pública
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 1-1.3
Es la política pública del Gobierno de Puerto Rico reconocer al agricultor como eje
principal de desarrollo en el sector agropecuario y estar comprometido en desarrollar
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Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación
Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA
una agricultura intensiva y de precisión, que sea responsable con el ambiente y de
provecho para el entorno rural, económicamente viable y de alta demanda.
A tales fines, se entiende fundamental capacitar al agricultor puertorriqueño para que
participe plenamente de una industria competitiva, convirtiendo el sector agrícola en
uno eficiente y productivo y restablecer la confianza de este en las iniciativas
gubernamentales propulsadas para este importante sector. Por tanto, el Gobierno de
Puerto Rico persigue ser un facilitador que promueve la productividad, estimula la
inversión, premia el éxito, y a su vez, lleva a cabo el proceso de revitalización,
modernización y diversificación de la agricultura.
Considerando la antes mencionada política pública, FIDA aspira a convertirse en ese
agente catalizador que logre promover el abasto de alimentos sanos y saludables que
propicie una nutrición balanceada para nuestra ciudadanía, opciones de energía
renovable a nuestros consumidores y ofertas de servicios al constituyente en los cuales
nuestros agricultores sean los productores por excelencia para atender esas necesidades.