Regl. 9244, art. 2-2.11

- Comité Ad Hoc

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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 2-2.11

19 Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA El presidente de la Junta de Directores podrá designar de tiempo en tiempo a cualesquiera de los miembros de la misma para constituir un comité ad hoc especial a fin de consultar con él o con el Director Ejecutivo de FIDA, en relación con aquellos asuntos que especifique, y cada uno de dichos comités habrá de actuar tan solo en una capacidad consultiva.
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