Regl. 9244, art. 2-2.9
- Quórum
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 2-2.9
Una mayoría de los directores constituirá el quórum de la Junta para conducir sus
asuntos. La votación de una mayoría de los directores presentes en cualquier reunión en
que exista quórum constituirá el acuerdo de la Junta. Un director que esté presente en
una reunión de la Junta de Directores, o de cualquiera de sus comités, en la cual se actúe
en relación con cualquier asunto de FIDA, se presumirá de forma concluyente que está
de acuerdo con la acción tomada, a menos que su disidencia se haga constar en las
minutas.