Regl. 9244, art. 4-4.4
- Asignación de Fondos
Length: 123 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 4-4.4
Los programas de financiamientos aquí establecidos contarán con una asignación anual
de hasta un máximo de cinco millones de dólares ($5,000,000.00). De tener solicitudes
que la cantidad en agregado, excedan los cinco millones de dólares ($5,000,000.00), el
Director Ejecutivo tiene que solicitar a la Junta de Directores su aprobación para
aumentar el tope de lo asignado al programa.
Aumentar el tope de lo asignado a los programas de financiamiento aquí instituidos
durante un año fiscal en particular, no implicará que lo mismo ocurra en los años
fiscales subsiguientes.
Cualquier aumento en el tope de lo asignado, estará sujeto a la disponibilidad de fondos
en FIDA.
21
Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación
Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA