Regl. 9244, art. 5-5.3
- Responsabilidad
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 5-5.3
La División de Asuntos Financieros de FIDA tiene la responsabilidad de llevar el
control de las cuentas por cobrar y de efectuar gestiones de cobros de manera
efectiva y eficiente. Dentro del área de análisis financiero, el cobrador será la
persona responsable para llevar a cabo estas funciones.