Regl. 9244, art. 6-6.9
- Uso de la Marca
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 6-6.9
La licencia permitirá al solicitante usar la marca conforme a los términos y condiciones
contenidos en el contrato que se formalizará entre este y FIDA. Sin embargo, no se
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Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación
Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA
permitirá transferir sus derechos bajo tal contrato a persona o entidad alguna, ni
autorizar el uso de tal marca a terceros sin el previo consentimiento escrito de FIDA.
En caso de que el solicitante proponga un arreglo cooperativo para el empaque, o la
elaboración y empaque de productos, de materia prima agrícola, producidas por este
("co-packing agreement"), la entidad proveedora del servicio de empaque, o
elaboración, tendrá que solicitar y obtener su propia licencia, conforme con el presente
Artículo.
Todo empaque, etiqueta y logotipos que se utilicen en los productos serán aprobados
previamente por FIDA. Esta aprobación no exime al solicitante de cumplir con otros
reglamentos y disposiciones aplicables en el Departamento y sus agencias adscritas, en
agencias estatales, o federales, que reglamenten aspectos de rotulación y anuncios.
El solicitante no podrá alterar, o modificar, el logotipo provisto por FIDA para
identificar la marca. Mantendrá fidelidad a los colores, proporciones y posiciones
relativas de los elementos.
Para cuando se utilice a "DelPaís" como marca, y no como sello, el logotipo provisto
por FIDA será el único que identifique el empaque del producto y en ningún momento
RIPA
irá acompañado por otros referentes al productor o empacador del producto. La
etiqueta contendrá la información que identifique al productor, o empacador, excepto
que solicite otro sello otorgado por el Departamento, sus agencias adscritas o FIDA.
Aquel solicitante que desee mantener su marca comercial e interese solicitar el sello
otorgado por FIDA cumplirá a cabalidad con las disposiciones aquí contenidas.
Respecto al uso del sello, este se renovará anualmente, mientras que la licencia se
renovará cada tres (3) años, a partir de la fecha en que se otorguen.