Regl. 9244, art. 7-7.3

- Petición de auspicio, donativos o subvención

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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 7-7.3

Las instituciones, organizaciones o individuos que soliciten algún auspicio a FIDA, cumplirán con los siguientes requisitos: RLPA (a) Se deberá solicitar formalmente a través de documento / propuesta dirigida al Director Ejecutivo de FIDA, indicando lo siguiente: i. Resumen de actividad o evento donde se incluirá el nombre de la institución, organización o individuo, los servicios que ofrece, los objetivos y justificación para la solicitud de fondos. (b) Narrativo que incluya lo siguiente: i. Descripción de la actividad o evento. ii. Fecha de la actividad o evento. iii. Sede de la actividad o evento. iv. Cantidad solicitada. V. Objetivos de la actividad, evento o proyecto, y cómo beneficiará la promoción de productos agrícolas o derivados y servicios puertorriqueños. (c) Justificación del uso de fondos solicitados. 41 Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA (d) Toda propuesta solicitando algún tipo de auspicio deberá ser sometida con treinta (30) días de anticipación al evento, sin excepciones.
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