Regl. 9244, art. 7-7.3
- Petición de auspicio, donativos o subvención
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 7-7.3
Las instituciones, organizaciones o individuos que soliciten algún auspicio a FIDA,
cumplirán con los siguientes requisitos:
RLPA
(a) Se deberá solicitar formalmente a través de documento / propuesta dirigida
al Director Ejecutivo de FIDA, indicando lo siguiente:
i. Resumen de actividad o evento donde se incluirá el nombre de la
institución, organización o individuo, los servicios que ofrece, los
objetivos y justificación para la solicitud de fondos.
(b) Narrativo que incluya lo siguiente:
i. Descripción de la actividad o evento.
ii. Fecha de la actividad o evento.
iii. Sede de la actividad o evento.
iv. Cantidad solicitada.
V. Objetivos de la actividad, evento o proyecto, y cómo beneficiará la
promoción de productos agrícolas o derivados y servicios
puertorriqueños.
(c) Justificación del uso de fondos solicitados.
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Reglamento General de Funcionamiento Interno y Aplicación
Integral y Estratégica de los Deberes y Poderes de FIDA
(d) Toda propuesta solicitando algún tipo de auspicio deberá ser sometida con
treinta (30) días de anticipación al evento, sin excepciones.