Regl. 9244, art. 8-8.2

- Asignación de fondos para el Programa

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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 8-8.2

El Programa contará con una inversión inicial de hasta tres millones ($3,000,000.00) de dólares a ser asignados por FIDA. Agotados los dineros asignados a modo de inversión inicial, el Programa continuará sujeto a la disponibilidad de fondos en FIDA.
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