Regl. 9244, art. 8-8.2
- Asignación de fondos para el Programa
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Cite as Reglamento Núm. 9244, Art. 8-8.2
El Programa contará con una inversión inicial de hasta tres millones ($3,000,000.00) de
dólares a ser asignados por FIDA.
Agotados los dineros asignados a modo de inversión inicial, el Programa continuará
sujeto a la disponibilidad de fondos en FIDA.