Regl. 9248, art. 1000.03

del Código, y el Artículo 1000.03(a)-XX de este Reglamento.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1000.03

(A) Ejemplo 1. La Corporación "P" posee un Decreto bajo el Capítulo 6 del Subtítulo B del Código efectivo al 1 de julio de 2020. Además de la operación cubierta bajo el Decreto, "P" también tiene una operación no cobijada bajo el Capítulo 6 del Subtítulo B del Código. En septiembre 2020, "P" adquirió Productos Manufacturados en Puerto Rico para ser utilizados en su proceso de manufactura exento ascendentes a $3,200,000. También compró $250,000 en productos manufacturados en la Isla para su operación no cobijada bajo el Capítulo 6 del Subtítulo B del Código. "P" solicita un certificado acreditativo ante el DDEC a fin de certificar las compras elegibles para la otorgación del crédito. El DDEC le concede el certificado a "P" por la totalidad de su compra, $3,200,000. El crédito por la compra de Productos Manufacturados en Puerto Rico que "P" podrá reclamar para el año contributivo 2020 estará sujeto a la limitación del veinticinco (25%) de las compras de Productos Manufacturados en Puerto Rico ($3,200,000 X 25% = $800,000) y a lo dispuesto en el contrato de incentivos otorgado de acuerdo con el proceso establecido en la Sección 3000.01 del Código. El balance del crédito no reclamado podrá ser reclamado en años siguientes hasta ser agotado. "P" no podrá reclamar crédito por la compra de $250,000 en Productos Manufacturados en Puerto Rico para su operación no cobijada bajo el Capítulo 6 del Subtítulo B del Código. CAPÍTULO 3. CRÉDITOS CONTRIBUTIVOS INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
Regl. 9248, art. 1000.03: del Código, y el Artículo 1000.03(a)-XX de este Reglamento. | Justis AI