Regl. 3897, art. 10-14
Vigencia
Length: 304 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3897, Art. 10-14
Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) dias después de
su promulgación por el Consejo de Educacion Superior.
Y para que ast conste, expido la presente certificacion bajo el sello de la
Universidad de Puerto Rico, en Rio Piedras, Puerto Rico, hoy, dia 21 de mayo de
1975.
Luis E. Gonzalez Vales
Secretar 0 Bjecutivo
mmr
CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR
San Juan, Puerto Rico
DE
PUERTO
INS
RICO
1985-86
1903
Certificación número 106
Yo, Ismael Ramirez Soto, Secretario Ejecutivo del Consejo de Educación
Superior, CERTIFICO:
Que el Consejo de Educación Superior, en su reunión ordinaria
del viernes 13 de diciembre de 1985, previa recomendación del
Presidente de la Universidad, acordó conceder una dispensa a
las bibliotecas del Sistema Universitario en la aplicación de
las disposiciones del Reglamento de Suministros (Certificación número 177, Serie 1983-84) para que continuen haciendo
sus compras conforme a los métodos y procedimientos en uso
para esas unidades, hasta tanto se aprueben los procedimientos que regirán la adquisición de los recursos bibliotecarios.
Y para que asà conste, expido la presente certificación bajo el sello de
la Universidad de Puerto Rico, en RÃo Piedras, Puerto Rico, hoy dÃa
veinte de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.
Ismael Ramirez Soto
Secretario Ejecutivo
mrm
CONSEJO DE EDUCACION SUPERIOR
San Juan. Puerto Rico
DE
PUERTO
RICO
1802
1987-88
Certificación número 16
Yo, Ismael Ramirez Soto, Director Ejecutivo del Consejo de
Educación Superior, CERTIFICO:
Que el Consejo de Educación Superior, en su reunión extraordinaria
del viernes 14 de agosto de 1987, previa recomendación del
Presidente de la Universidad de Puerto Rico, acordó enmendar la
Certificación 177 (1983-84). Reglamento de Suministros, para
agilizar los procesos de compra de equipos y materiales
cientÃficos especializados para uso en proyectos de investigación.
Con este propósito se añade el inciso 11 al ArtÃculo 6-D del
Reglamento de Suministros, que leerá: