Regl. 3897, art. 2

Propósito y aplicación

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Cite as Reglamento Núm. 3897, Art. 2

a. E1 propósito fundamental de este Reglamento es asegurar para la Universidad los suministros y servicios no personales de la más optima calidad con el mayor rendimiento de los recursos fiscales universitarios. 1974-75 Pagina 2 Certificación número 89 b. Se promulga este Reglamento con el fin de establecer las normas por las cuales habrán de regirse todas las unidades institucionales de la Universidad, sus dependencias, y las ofertas y transacciones con las mismas para la solicitud, aprobación y tramitacion de compras de suministros y de servicios no personales, con cargo a fondos de cualquier Indole pertenecientes 0 bajo la custodia de la Universidad de Puerto Rico. En los casos de donativos o aportaciones de personas 0 entidades, 105 mismos se regirán por los acuerdos o condiciones fljadas para la aceptación de los mismos. C. Este Reglamento se aplicará tambien a las compras efectuadas por el Consejo de Educacion Superior, salvo acción de ese organismo para modificar SU aplicacion. d. Este Reglamento no se aplicará a las transacciones de compraventa entre dependencias de la Universidad que presten servicios a base del cobro de los mismos.
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