Regl. 9248, art. 1020.05-2013.01(a)-1

Criterios y Limitaciones que Deberán cumplir los Negocios

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.05-2013.01(a)-1

Exentos que Operen en las islas de Vieques y Culebra. (a) Los beneficios aplicarán exclusivamente a las operaciones que se realicen en las Islas Municipio de Vieques y Culebra. (b) Criterios de evaluación: (1) Que el Negocio Exento esté operando en Vieques y/o Culebra; (2) Que el Negocio Exento esté registrado para hacer negocios en el Municipio de Vieques y/o Culebra; (3) Tener una oficina o local ubicado en el Municipio de Vieques y/o Culebra; (4) Tener un Decreto vigente y que el Negocio Exento esté en cumplimiento con las disposiciones y requerimientos del Decreto; (5) Actividades económicas que independientemente del sector económico al cual pertenezcan, su realización tiene el propósito de adelantar la política pública respecto al desarrollo de mercados, productos, procesos, servicios y cualquiera otra actividad que el Secretario del DDEC entienda apropiado impulsar conforme a los mejores intereses de Puerto Rico. SUBCAPÍTULO D. OTROS INCENTIVOS
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