Regl. 9248, art. 1020.05(a)(23)-1
Plan de Derecho de Multipropiedad y Club Vacacional ("Time
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.05(a)(23)-1
Share").
(a) Significa el plan que posea una licencia emitida por el DDEC a tenor con las
disposiciones de la Ley Núm. 204-2016, conocida como la "Ley de Propiedad
Vacacional de Puerto Rico", mediante el cual se adquiere el derecho de uso de una
Unidad de un edificio, estructura o villa por un perÃodo limitado de tiempo cada Año
Natural. Una aportación en efectivo 0 de cualquier otra Ãndole hecha para la compra de
un intervalo o un derecho de uso que forma parte de un Plan de Derecho de
Multipropiedad y Club Vacacional ("Time Share") no se considerará una Inversión
Elegible TurÃstica bajo el Código y este Reglamento.