Regl. 9248, art. 1020.06(a)(3)-6020.07(c)(1)-1
Transferencia de Negocio Exento
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.06(a)(3)-6020.07(c)(1)-1
(a) A solicitud de Negocio Elegible y cuando exista Justa Causa, las notificaciones de las
transferencias incluidas en las excepciones del apartado (b) de la Sección 6020.07 del
Código, podrán ser realizadas dentro del término autorizado por el Secretario del DDEC.