Regl. 9248, art. 1020.08(a)-6
Negocio Agropecuario y Agroindustrial.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.08(a)-6
(a) Significa la operación 0 explotación de uno 0 más de los negocios descritos en el Código
y en este Reglamento 0 los asà determinados por el Secretario de Agricultura, al amparo
de sus facultades discrecionales y las prioridades de polÃtica pública en él delegadas.
Además de este significado, el término "Negocio Agropecuario y Agroindustrial" se
utiliza en el Código y este Reglamento para referirse a un Agricultor Bona Fide. Por lo
tanto, el significado de "Negocio Agropecuario y Agroindustrial" dependerá del contexto
en que se utiliza dicho término.
Reglamento de Incentivos
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