Regl. 9248, art. 1020.08(a)(1)-2094.01(a)-3

Contenido de la Solicitud de Designación de Distrito de Desarrollo

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.08(a)(1)-2094.01(a)-3

de Industrias Creativas. (a) Toda Solicitud de Designación deberá ser dirigida al Secretario del DDEC y radicada en la Oficina de Incentivos. Se entenderá por fecha de presentación la fecha en que la misma se evidencia como entregada en la Oficina de Incentivos. (b) El Desarrollador Principal o Titular presentará la Solicitud de Designación en forma de declaración jurada y deberá someter junto a la Solicitud de Designación la siguiente información: (1) Descripción de las parcelas específicas que componen el Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto, incluyendo su ubicación, calificación, características sobresalientes, importancia agrícola, histórica, escénica, cultural 0 natural y los usos actuales y pasados de las mismas; (2) Memorando explicativo detallando las razones que fundamenten que dicha(s) parcela(s) sean designadas como Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Reglamento de Incentivos Pag. 252 de 393 y la experiencia del Desarrollador Principal 0 Titular desarrollando Estudios para Proyectos Fílmicos 0 Desarrollos Relacionados; (3) Mapas de localización y ubicación o fotografía aérea a escala 1:20,000 de la(s) parcela(s) que componen el Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto; (4) Plano 0 mapa catastral que incluya las parcelas colindantes a la(s) parcela(s) que componen del Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto y una descripción de los usos a que se dedican las mismas; (5) Plan de desarrollo ("master plan"), plano esquemático o croquis del Estudio 0 Desarrollo Relacionado propuesto para el Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto en una escala conveniente; (6) Presupuesto detallado del Estudio 0 Desarrollo Relacionado propuesto; (7) Fuentes de financiamiento para el Estudio 0 Desarrollo Relacionado, incluyendo: (A) Carta de crédito emitida por una entidad financiera debidamente autorizada por OCIF por un monto mínimo de veinte por ciento (20%) del presupuesto del Estudio 0 Desarrollo Relacionado; (B) Evidencia de inversiones de capital a la entidad que fungirá como Desarrollador Principal por un monto mínimo del cincuenta por ciento (50%) del costo estimado del Estudio 0 Desarrollo Relacionado 0 cualquier otra evidencia que el Secretario del DDEC entienda satisfactoria para evidenciar las fuentes de financiamiento para el Estudio 0 Desarrollo Relacionado; (C) Las fuentes de financiamiento que se detallan en los incisos anteriores tienen que demostrar que se cuentan con al menos el veinte por ciento (20%) del total de los Gastos de Pre-Desarrollo, el costo de la compra o arrendamiento de las parcelas constitutivas de la Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas y/o parte de los "hard costs" de desarrollar el Estudio o Desarrollo Relacionado, para propósitos de este inciso, los "hard costs" serán aquello permitidos por el Secretario del DDEC, excluyendo los costos de servicios profesionales, administrativos, arquitectura, ingeniería, diseño, consultoría, y aquellos otros que se consideren "soft costs", según se usa dicho término en la industria de la construcción; (D) Estudio de viabilidad sobre el Estudio 0 Desarrollo Relacionado propuesto; (E) Estudio de título 0 certificación registral emitida para la sección correspondiente del Registro de la Propiedad identificando el Titular de Regiamento de Incentivos Pag. 253 de 393 cada una de las parcelas que componen la Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto; (F) En caso de que el Desarrollador Principal que presenta la Solicitud de Designación no sea el Titular de todas las parcelas que componen la Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto, evidencia de la anuencia de los Titulares de las todas las parcelas que componen el Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto mediante una Declaración Jurada en la cual el Titular: (i) autoriza al Desarrollador Principal a representarle; (ii) reconoce la posibilidad del pagar de Imposiciones; y (iii) provee y certifica documentos que acrediten la identidad de dichas Personas, tal como licencia de conducir en el caso de personas naturales y documentos constitutivos organizacionales, en el caso de personas jurídicas; (G) Cualquier otro documento que facilite evaluar la designación de las parcelas en cuestión como un Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas. (c) En aquellos casos en los cuales el proceso de designación es iniciado motu proprio por el Secretario del DDEC, el mismo podrá evaluar cualquier información que le sea disponible para propósitos de iniciar el proceso de designar cierta área como Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas. (d) Para propósitos de este Capítulo, "Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas Propuesto" significa un Distrito de Desarrollo de Industrias Creativas para el cual se presentó una Solicitud de Designación, o se comenzó el procedimiento de designación motu proprio por el Secretario del DDEC, pero aún no se ha otorgado una Determinación de Designación favorable, 0 se ha completado el proceso en el caso de una designación motu proprio por el Secretario del DDEC.
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