Regl. 3901, art. V
Certificación Núm. 44 1984-85 Normas para reglamentar los procedimientos disciplinarios que afecten al personal universitario.
Cite as Reglamento Núm. 3901, Art. V
La querella será notificada al querellado en un plazo no mayor de
treinta (30) dÃas calendarios computados desde el momento en que la misma
se formule. Tal notificación se podrá efectuar personalmente O por correo
certificado con acuse de recibo a la dirección que conste en la Oficina de
Personal.