Regl. 9248, art. 1020.10(a)-6
Tarifa de Pasajeros.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.10(a)-6
(a) Significa la tarifa, impuesto 0 cargo evaluado por la Autoridad de los Puertos, la
Comisión del Puerto de Mayagüez, 0 la Autoridad del Puerto de Ponce, según sea el
caso, a través de su Tarifa Portuaria a cada Pasajero que embarque o desembarque en
las instalaciones portuarias de cualquier Puerto en la Jurisdicción de Puerto Rico.