Regl. 9248, art. 1020.10(a)-6

Tarifa de Pasajeros.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 1020.10(a)-6

(a) Significa la tarifa, impuesto 0 cargo evaluado por la Autoridad de los Puertos, la Comisión del Puerto de Mayagüez, 0 la Autoridad del Puerto de Ponce, según sea el caso, a través de su Tarifa Portuaria a cada Pasajero que embarque o desembarque en las instalaciones portuarias de cualquier Puerto en la Jurisdicción de Puerto Rico.
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