Regl. 9248, art. 2012.02-3010.01(b)-1

Crédito Contributivo en una Transacción Distinta.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2012.02-3010.01(b)-1

(a) Individualidad del Crédito Contributivo. Cuando el Negocio Exento que posee un Crédito Contributivo haga una Inversión Elegible Turística que genere otro Crédito Contributivo, el segundo Crédito Contributivo generado podrá ser utilizado junto con el primero, pero ambos Créditos Contributivos mantendrán su individualidad para propósitos de determinar la cantidad máxima que se podrá utilizar en un Año Contributivo según las disposiciones del apartado (b) de la Sección 3010.01 del Código. (b) Ejemplo. Las disposiciones de este Artículo se ilustran con los siguientes ejemplos, disponiéndose que, para propósitos de los ejemplos aquí incluidos, se asume el cumplimiento con las disposiciones del ROI conforme al apartado (a) de la Sección 1000.03 del Código, y el Artículo 3000.01(b)(5)-1 de este Reglamento. (1) El inversionista "A" realiza una Inversión Elegible Turística en el Año Contributivo 2020 que le genera un Crédito Contributivo ascendente a $50,000 ("cc-1"). "A" recibió su primer huésped que pagó por su estadía durante el 2021. Durante los Años Contributivos 2021 al 2023, "A" hace uso del arrastre provisto en la Sección 3000.02(a)(4) del Código, y no utiliza el cc-1. Durante el Afio Contributivo 2024, "A" realiza otra Inversión Elegible Turística que le genera un Crédito Contributivo de $20,000 ("cc-2"). "A" obtuvo el financiamiento Reglamento de Incentivos Pag. 283 de 393 necesario para la construcción total del Proyecto de Turismo en el cual "A" hizo la segunda Inversión Elegible Turística, y las correspondientes notificaciones se emitieron durante el mismo Año Contributivo 2024. Asumiendo que "A" elige acogerse al Crédito Contributivo de 30% dispuesto en la Sección 3010.01(a)(1) del Código, el Crédito Contributivo máximo que "A" tendrá disponible para utilizar en cualquier Año Contributivo a partir de 2024 será de $52,000 ($50,000 del cc-1, y $2,000 del cc-2).
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