Regl. 9248, art. 2013.01(a)-1
Criterios y Limitaciones que Deberán cumplir los Negocios
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2013.01(a)-1
Exentos que Operen en las islas de Vieques y Culebra.
(a) Los beneficios aplicarán exclusivamente a las operaciones que se realicen en las Islas
Municipio de Vieques y Culebra.
(b) Criterios de evaluación:
(1)
Que el Negocio Exento esté operando en Vieques y/o Culebra;
(2)
Que el Negocio Exento esté registrado para hacer negocios en el Municipio de
Vieques y/o Culebra;
(3)
Tener una oficina o local ubicado en el Municipio de Vieques y/o Culebra;
(4)
Tener un Decreto vigente y que el Negocio Exento esté en cumplimiento con
las disposiciones y requerimientos del Decreto;
(5)
Actividades económicas que independientemente del sector económico al cual
pertenezcan, su realización tiene el propósito de adelantar la política pública
respecto al desarrollo de mercados, productos, procesos, servicios y cualquiera
otra actividad que el Secretario del DDEC entienda apropiado impulsar
conforme a los mejores intereses de Puerto Rico.
SUBCAPÍTULO D. OTROS INCENTIVOS