Regl. 9248, art. 2025.01-6020.01(f)(3)-1
= Profesional Certificado.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2025.01-6020.01(f)(3)-1
(a) Para propósitos de este Reglamento, se considera que un Profesional Certificado es:
(1)
Un abogado admitido a la práctica de la abogacÃa por el Tribunal Supremo de
Puerto Rico 0 un Contador Público Autorizado que tenga vigente la licencia
para practicar su profesión en Puerto Rico;
(2)
Esté inscrito en el Registro de Profesionales Certificados que mantiene el
DDEC. El Profesional Certificado deberá realizar la solicitud de registro a
través del Portal.
(b) Los Profesionales Certificados, mediante paga o remuneración, prepararán un
Certificado de Pre-elegibilidad, una solicitud de concesión de incentivos o los informes
de cumplimiento relacionados con la concesión de Decretos que autorice el Secretario
del DDEC.
(c) Certificado de Pre-elegibilidad. El Certificado de Pre-elegibilidad será preparado
por el Profesional Certificado, sometido a través del Portal junto a la solicitud de
Concesión de incentivos aplicables. El Certificado de Pre-elegibilidad incluirá lo
siguiente:
(1)
Informe firmado por el Profesional Certificado en donde se hará constar y
se expondrá que la solicitud cumple con todos los requisitos y criterios
establecidos en el Código y este Reglamento. El informe deberá incluir: (i)
el nombre y el número de Profesional Certificado según consta en el Registro
de Profesionales Certificados; (ii) el nombre del Negocio Elegible; (iii)
descripción detallada de las actividades elegibles; (iv) disposiciones del
Reglamento de Incentivos y el Código que cobijan las actividades elegibles; (v)
aseveración del Profesional Certificado, a los fines de que ha pasado juicio
sobre las actividades elegibles y sobre el cumplimiento del Negocio Elegible
con el Gobierno de Puerto Rico, tomando en consideración para esto, la
evaluación de los documentos suplementarios requeridos por este Reglamento
de Incentivos.
(2)
Cualquier otro requisito que establezca el Secretario del DDEC por medio de
determinación administrativa, carta circular 0 boletin informativo.