Regl. 9248, art. 2034.01(a)(3)-2

Reunión de Pre-Elegibilidad.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2034.01(a)(3)-2

(a) Durante la reunión de "Pre-Elegibilidad" entre el candidato a Promotor Cualificado e Invest Puerto Rico, Inc. dispuesta en el inciso (7) del apartado (a) del Artículo 2034.01(a)(3)-1 de este Reglamento, el candidato deberá presentar a Invest Puerto Rico, Inc. un memorial explicativo donde se describa cumplimiento con los criterios de elegibilidad del apartado (a) del Artículo 2034.01(a)(3)-1 de este Reglamento. (b) El candidato deberá presentar a Invest Puerto Rico, Inc. una carta solicitando que se certifique la fecha de la reunión "Pre-Elegibilidad". (c) Invest Puerto Rico, Inc. emitirá una confirmación a tales efectos, 0 le indicará al candidato las razones por las cuales no se podrá considerar la fecha de la reunión efectuada como la fecha de la reunión de "Pre-Elegibilidad". (d) En caso de que Invest Puerto Rico, Inc. no responda a la solicitud de certificación del candidato en un término de diez (10) días, la fecha establecida en la solicitud de certificación se considerará como la fecha de la reunión de "Pre-Elegibilidad" siempre y cuando se presente evidencia de que la solicitud de certificación de fecha fue debidamente presentada y recibida por Invest Puerto Rico, Inc., como sería, por ejemplo, acuse de recibo de correo certificado 0 copia de la propia solicitud de certificación ponchada. Reglamento de Incentivos Pag. 113 dc 393 (e) El Secretario del DDEC podrá determinar que la fecha de la reunión de "Pre- Elegibilidad" es una diferente a la establecida por Invest Puerto Rico, Inc., de entender que los mejores intereses del Gobierno de Puerto Rico así lo requieren. (f) Excepto lo dispuesto en el apartado (e) de este Artículo, gestiones promocionales hechas antes de la reunión de "Pre-Elegibilidad" no se considerarán para propósitos del incentivo de la Sección 2034.01(a)(8) del Código.
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