Regl. 9248, art. 2051.01(b)-6

Parque Temático.

Last amended: 2019Length: 319 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2051.01(b)-6

(a) Para propósitos de las Actividades Turísticas incluidas en el inciso (ii) del párrafo (1) del apartado (b) de la Sección 2051.01 del Código, el término "Parque Temático" significa toda instalación de estructura permanente que bajo un tema específico o unificador estimula el turismo ofreciendo una oportunidad para la recreación, esparcimiento y disfrute de residentes y visitantes. (b) El Parque Temático podrá estar asociado con u operado por un Hotel que sea un Negocio Exento o comprendido dentro de Resort, para ser considerado una Actividad Turística. Además, podrá combinar el atractivo principal con atracciones adicionales, como paseos 0 carreteras intrigantes, paseos relacionados con los temas, salones de juego, quioscos y otros. (c) Requisito. Las instalaciones se desarrollarán en torno a un tema en particular, creado exclusivamente por medios artificiales 0 por medios artificiales en conjunto con los Reglamento de Incentives Pag. 128 de 393 elementos naturales, el cual constituye una atracción al Turismo interno 0 externo por sus características peculiares, la singularidad del tema escogido 0 la relación de éste con la cultura. Algunos temas considerados dentro de este término son: (1) Tema acuático. Como regla general, debe estar ubicado con acceso directo al océano, bahias, lagos, lagunas, ríos O, en su defecto, diseñar y desarrollar el tema basado en el elemento agua. (2) Tema cultural 0 histórico. Debe utilizar elementos de la historia, cultura, y geografia del mundo; incluye teatros con obras, villa de artesanos y teatros IMAX. (3) Tema sobre recursos naturales. - Debe contener atracciones relacionadas con nuestros recursos naturales o actividades representativas; incluye bosques, flora y fauna. (d) Para propósitos del Código y este Reglamento, la frase "asociado con un Hotel" significa que existe un acuerdo formal entre el titular o administrador del Parque Temático y el Hotel que es un Negocio Exento, mediante el cual los Huéspedes del Hotel disfrutarán del derecho de usar el Parque Temático, aunque medie pago adicional por el uso.
Regl. 9248, art. 2051.01(b)-6: Parque Temático. | Justis AI