Regl. 3902, art. 1-1.3

Aplicabilidad

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Cite as Reglamento Núm. 3902, Art. 1-1.3

Este Reglamento aplicará a las apelaciones administrativas que se interpongan en el Sistema Universitario, incluyendo las apelaciones a los Rectores, la Junta Universitaria, el Presidente de la Universidad y el Consejo de Educación Superior. 1981-82 -2- Certificación número 138
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