Regl. 9248, art. 2052.01-2062.01(a)-1

Contribución sobre Ingresos.

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2052.01-2062.01(a)-1

(a) Tasa fija de contribución sobre ingresos. En general, los negocios exentos que posean un Decreto bajo el Capítulo 6 del Subtítulo B del Código estarán sujetos a una tasa fija de contribución sobre ingresos sobre su Ingreso de Desarrollo Industrial de cuatro por ciento (4%), excluyendo el Ingreso de Inversiones Elegibles según se dispone la Sección 2062.01(c) del Código. (1) Excepción. Los negocios exentos cuyos pagos de regalias por el uso 0 privilegio de uso de propiedad intangible en Puerto Rico hechos a personas extranjeras, no dedicadas a industria o negocio en Puerto Rico se encuentren sujetos a la tasa de contribución retenida en el origen que dispone el párrafo (2) del apartado (b) de la
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