Regl. 9248, art. 2061.01(a)(4)(i)-1
Conglomerados de Negocios.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2061.01(a)(4)(i)-1
(a) Criterios para clasificar a un conglomerado del sector de la manufactura como de
alto impacto económico. El Secretario del DDEC, en consulta con la Junta de
Planificación, utilizará los siguientes criterios esbozados por la Oficina de Planificación
Estratégica y Análisis Económico, adscrita al Área de Desarrollo de Negocios de la
Compañía de Fomento Industrial, para determinar si un conglomerado del sector de la
manufactura es uno de alto impacto económico.
(1)
Cociente de Localización. Este indicador se utiliza para medir el nivel de
concentración 0 especialización de actividad económica en una región
determinada. Como parte de la evaluación, es importante identificar cuáles son las
industrias básicas que están impulsando la economía de la región. En este contexto,
el término "industrias básicas" se refiere a aquellas orientadas a la exportación.
Cuando el cociente de localización (CL) es mayor de uno (1.00), se considera que
la actividad bajo análisis es una industria básica orientada a la exportación y como
tal, parte de la base económica del país. Un CL sustancialmente mayor a uno (1.00)
sugiere que el conglomerado posee ciertas ventajas locales relacionadas a la
producción de sus bienes.
(2)
Valor de las exportaciones. El valor de las exportaciones es un indicador de la
capacidad quetiene actividad para generar valor añadido. Para que una industria
sea considerada como un congiomerado, ésta debe tener una base de exportación,
ya que el dinero nuevo del exterior tendrá un impacto positivo en el desarrollo
económico de Puerto Rico. El valor de las exportaciones de cada industria deberá
ser evaluado y publicado anualmente por el DDEC mediante Órdenes
Administrativas 0 comunicación de carácter general.
(3)
Empleos. La creación de empleos es uno de los indicadores para medir la
efectividad de la política promocional de un país. El valor de los empleos creados
por industria deberá ser publicado por el DDEC anualmente mediante Órdenes
Administrativas 0 comunicación de carácter general.
(4)
Nivel Tecnológico, Transferencia y Uso del Conocimiento. Con la
aprobación del Código, el enfoque busca aumentar la atracción de industrias y
servicios que utilicen y/o exporten de manera intensiva la alta tecnología,
impulsando a su vez la economía del conocimiento. Las industrias que utilizan
Reglamento de Incentivos
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de manera más intensa la ciencia y la tecnología generan una mayor
transferencia de conocimiento.
(5)
Nivel de Eslabonamiento y Efecto Multiplicador. El desarrollo de
conglomerados industriales en Puerto Rico requiere la promoción de un mayor
nivel de eslabonamiento entre los distintos sectores de la economía local con la
actividad industrial de capital externo. Las empresas externas que hacen 0
podrían hacer un uso más intensivo de los servicios y bienes producidos 0
provistos localmente son las que generan un mayor nivel de eslabonamiento
con las empresas locales. Mientras mayor es el nivel de eslabonamiento entre
los distintos sectores de la economía, mayor es el efecto multiplicador de las
actividades productivas.
(6)
Número de Establecimientos. El número de operaciones productivas dentro
de cada industria debe indicar su nivel de importancia económica relativa y su
potencial expansión. El número de establecimientos de operaciones
productivas dentro de cada industria y su impacto económico correspondiente
deberá ser publicado por el DDEC anualmente mediante Órdenes
Administrativas 0 comunicación de carácter general.
(7)
Número de Empleos por Establecimiento. El empleo promedio por
establecimiento para cada industria de manufactura es un indicador que puede
medir mejor el impacto económico de las distintas industrias. El número de
establecimientos de empleos por establecimiento dentro de cada industria y su
impacto económico correspondiente deberá ser publicado por el DDEC
anualmente mediante Órdenes Administrativas 0 comunicación de carácter
general.