Regl. 9248, art. 2062.01-1
Pago de la Contribución.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2062.01-1
(a) En ausencia de disposición en contrario, las contribuciones retenidas 0 pagaderas según
requerido por la Sección 2062.01 del Código, se retendrán 0 pagarán en la forma y manera
que disponga el Código de Rentas Internas de Puerto Rico para el pago de las contribuciones
sobre ingresos y retenciones en general. Además, le serán de aplicación los requisitos
relacionados con las declaraciones informativas establecidas en el apartado (j) de la Sección
1062.08 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico y el apartado (d) de la Sección
1062.11 del Código de Rentas Internas.
Reglamento de Incentivos
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