Regl. 9248, art. 2062.01-2062.01(g)-1
- Limitación de Beneficios.
Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2062.01-2062.01(g)-1
(a) Las disposiciones de este apartado no aplicarán a los Negocios Exentos que estén sujetos a
las disposiciones de la Sección 2062.01(f) del Código. En el caso de que a la fecha de la
solicitud de incentivos, conforme a las disposiciones del CapÃtulo 6 del SubtÃtulo B del
Código, un Negocio Elegible estuviese dedicado a la actividad para la cual se conceden los
beneficios del CapÃtulo 6 del SubtÃtulo B del Código, el Negocio Elegible podrá disfrutar
de la tasa fija de contribución sobre el Ingreso de Desarrollo Industrial que dispone la