Regl. 9248, art. 2094.01(d)-2110.01(b)(1)-1

Contribución sobre Ingresos de un Porteador Público de

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Cite as Reglamento Núm. 9248, Art. 2094.01(d)-2110.01(b)(1)-1

Servicios de Transporte Aéreo. (a) Regla general. El ingreso neto proveniente de la actividad elegible descrita en el apartado (a) de la Sección 2110.01 del Código estará exento durante todo el periodo de exención establecido en el Decreto. (b) Determinación de ingreso neto. - El ingreso neto proveniente de la actividad elegible descrita en el apartado (a) de la de la Sección 2110.01 se computará conforme a la
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